Santiago de Chile.
Revista Virtual. 

Año 6
Escáner Cultural. El mundo del Arte.
Número 68
Diciembre 2004

Columna a cargo de Marcela Rosen Murúa

CONMEMORACIÓN DEL ASESINATO DEL JOVEN MAPUCHE ALEX LUMUN

El 12 de noviembre se recordó con actos artísticos en muchos lugares de Chile el asesinato del joven mapuche Alex Lumun

ASESINATO DE ALEX LEMUN CONTINUA IMPUNE:

El 7 de noviembre se cumplió un año desde que carabineros disparara mortalmente a Alex Lemun, mientras se encontraba en el Fundo Santa Alicia en el marco de la recuperación de tierras que sostenía la comunidad mapuche "Montutui Mapu", sector de agua buena de Ercilla. Alex se formaba como WEICHAFE, con la fortaleza y energía que le daba su sangre mapuche y sus 17 años de vida. Alex, no se pudo recuperar, porque la bala destruyó su cerebro, falleciendo el 12 de noviembre del 2002.

La investigación desarrollada en este caso, no podía desconocer algo que en todos los planos era innegable: la bala provino de "Carabineros de Chile". En agosto del 2003 Marco Aurelio Treuer, mayor de carabineros, fue sometido a proceso como autor de los disparos que provocaron su muerte, de él la prensa solo señaló que habría sido trasladado a la ciudad de Rancagua y seguía cumpliendo funciones como carabinero. Sin embargo, a menos de un mes, el día 11 de septiembre esta medida fue revocada por la Corte Marcial, dejando libre de cargos al funcionario policial. Pese a las denuncias y presiones realizadas, y a que los abogados de la familia solicitaran nuevos peritajes y el procesamiento de Treuer, la resolución de mantenerlo exento de responsabilidad no ha variado.

Este asesinato no se repara con simbólicos procesamientos o una eventual indemnización, lo mínimo exigible es el encarcelamiento para quien asesinó cobardemente a un mapuche, y
quien asesinó no sólo fue una persona, fueron al menos cinco los que operaron ese día, fue la institución de carabineros, fue una institución del Estado chileno y serán ellos los responsables históricos de este asesinato.

REPRESION A LA COMUNIDAD "Montutui Mapu":

Lejos de haber castigo para los asesinos de Alex, desde noviembre del 2002 a la fecha, la represión en contra de los mapuche se intensificó. No sólo fueron allanadas las viviendas en comunidades mapuche vecinas, sino que se intensificó la vigilancia en los caminos, los sobrevuelo policiales, y posteriormente, las numerosas detenciones para "desarticular" a la C.A.M. que reivindicaba a Alex Lemun como weichafe.

A principios del 2003, la empresa forestal Mininco S.A., comenzó la explotación temprana de las plantas de eucaliptos del Fundo Santa Alicia, con resguardo policial. En este contexto, el 18 de abril se desarrollo un violento desalojo de los comuneros que se encontraban extrayendo leña en el marco de la recuperación productiva, siendo violentamente golpeados y detenidos 8 mapuche, entre ellos, el lonko de la comunidad Montutui Mapu, y dos menores de edad, uno de ellos hermano de Alex Lemun. Se presentó una denuncia por "violencia innecesaria" que lógicamente cayó en el vacío, y se dio inicio a un procesamiento en contra de los comuneros quienes fueron encarcelados durante alrededor de tres meses, manteniéndose hasta la fecha con medidas cautelares. HRW

Justicia militar

Los mapuche acusados de violencia contra la policía, así como los que han sido víctimas de la violencia o el maltrato policiales, comparecen, independientemente de que sean acusados o víctimas, ante tribunales militares. Tanto los fiscales como los jueces son miembros de las fuerzas armadas en servicio activo. Los jueces no tienen que tener una formación jurídica formal, no disfrutan de estabilidad en el cargo y están sujetos a órdenes superiores dentro de la cadena de mando militar. Estos tribunales no ofrecen las garantías de independencia e imparcialidad necesarias para garantizar que los mapuche en cualquiera de estas situaciones reciban un juicio justo o una oportunidad justa de resarcimiento.

Los obstáculos presentados por los tribunales militares a los mapuche que buscan resarcimiento por los abusos policiales

El contraste entre los procedimientos que se están aplicando ahora en los tribunales penales ordinarios y el sistema anacrónico de la justicia militar es muy marcado en la Araucanía, donde coexisten muy de cerca. Partiendo de la experiencia de los abogados que se han especializado en el litigio de casos de mapuche en tribunales militares, el Programa de Derechos Indígenas del Instituto de Estudios Indígenas de la Universidad de la Frontera ha descrito los obstáculos que plantea el sistema de justicia militar:

Se trata de procesos muy largos, burocráticos, donde prácticamente no existe derecho a la defensa. Ello, porque el período de investigación es secreto y no existen instancias frente a las cuales hacer valer argumentos y evidencias, sino cuando ya se encuentra formada la convicción del juez. En la mayoría de los casos que involucran a mapuche, los Carabineros desarrollan una investigación interna que es considerada como parte del sumario y constituye un antecedente fundamental para el Fiscal y para el Juez. Esta investigación es realizada por el superior del (los) funcionario(s) involucrado(s), lo que afecta nuevamente la posibilidad de esclarecimiento de los hechos investigados, puesto que la condena eventual de uno o varios Carabineros por denuncias de torturas o malos tratos puede provocar un daño a la imagen institucional.

Han pasado 15 años desde que el Presidente de la Corte Suprema, Luis Maldonado, en un discurso de apertura del año judicial al final de régimen militar, criticó la falta de independencia de los jueces militares. Sin embargo, a pesar de una serie de estudios académicos, sigue sin existir un proyecto de ley integral en el Congreso que limite la competencia de los tribunales militares. Hasta hace muy poco, no se habían propuesto siquiera reformas parciales, tales como las enmiendas para sacar de la jurisdicción militar el delito de maltrato de obra contra Carabineros. Cuando en 1998 el Congreso aprobó una ley para tipificar la tortura como un delito específico dentro del código penal, perdió la oportunidad de trasladar la competencia sobre los delitos de tortura y uso excesivo de la fuerza por parte de la policía a los tribunales penales ordinarios. Estos siguen tipificados como delitos militares si son cometidos por miembros de las fuerzas armadas en servicio activo, o en instalaciones militares o policiales. Durante el período de 1990 a 1996, casi el 70 por ciento de los casos juzgados por los tribunales militares estuvieron relacionados con civiles, ya sea como acusados o víctimas.

El Asesinato de Alex Lemun Saavedra

Balas contra piedras

Un claro ejemplo de las deficiencias del sistema de justicia militar es que no enjuiciará al oficial de Carabineros presuntamente responsable del asesinato con arma de fuego del joven de 17 años Alex Lemun Saavedra. El 7 de noviembre de 2002, el Mayor Marco Aurelio Treuer y otros dos Carabineros entraron en el fundo Santa Alicia, cercana a Ercilla y propiedad de la compañía forestal Mininco, que había sido ocupada por un grupo de familias mapuche. Treuer fue enviado a observar la situación en el fundo, pero los mapuche detectaron al grupo, se enfrentaron a ellos y los insultaron, y algunos lanzaron aparentemente piedras con boleadoras. Treuer y su escuadrón usaron gases lacrimógenos y dispararon numerosas balas de goma para repeler el ataque. Durante el enfrentamiento, Alex Lemun recibió en la cabeza el impacto de un perdigón de plomo de una escopeta calibre 12, disparado por Treuer, y murió en un hospital de Temuco cinco días después.

Dos semanas después, el fiscal regional de Temuco anunció que el caso se trasladaría a un fiscal militar ya que las pruebas indicaban que un oficial de Carabineros podría ser el responsable. El 29 de agosto de 2003, tras una detallada investigación interna por parte del Cuerpo de Carabineros e Investigaciones, (la policía de civil encargada de las investigaciones criminales), el fiscal militar de Angol formuló cargos contra Treuer por "violencia innecesaria con resultado de muerte" . El fiscal concluyó que: al efectuarse el disparo mortal, por parte del mayor Treuer, no existía un peligro real e inminente para su integridad y la de sus subordinados que justificara efectuar disparos con la escopeta de la forma que se hizo, razón por lo que la violencia ejercida en el momento de los hechos fue del todo innecesaria y no encuentra motivo racional que la justifique.

Treuer apeló a la Corte Marcial, que decidió que se retiraran los cargos. La corte estaba aparentemente satisfecha con la versión ofrecida por Treuer en su defensa de que había oído un disparo y una bala había pasado cerca de él y sus hombres, y había decidido utilizar munición real para protegerles. A parte de la policía, ningún otro testigo respaldó la versión de los hechos presentada por Treuer. No se encontraron pruebas materiales que demostraran que los mapuche habían disparado realmente un arma: no se halló ningún casquillo de bala a parte de los usados por la policía, y Alex Lemun dio negativo en una prueba de parafina. Los intentos de los abogados que representan a la familia Lemun para que se revoque el fallo de la Corte Marcial y persuadir al fiscal militar de que reanude el enjuiciamiento no han logrado su objetivo. Human Rights Watch ha sabido que Treuer ha sido trasladado fuera de la región de la Araucanía a la ciudad de Rancagua, pero sigue de servicio en Carabineros. La familia Lemun no ha recibido ninguna compensación por la pérdida de su hijo. El padre de Alex, Edmundo Lemún, dijo a Human Rights Watch que no entendía como su muerte podía quedar sin castigo.

balas contra piedras

Como están las cosas, los que buscan justicia y resarcimiento por los abusos cometidos por la policía no tienen acceso a un tribunal independiente e imparcial. Los tribunales militares siguen imponiendo su jurisdicción exclusiva sobre abusos tales como la tortura, el homicidio o el uso injustificado de la fuerza por parte de Carabineros, si se cometen durante actos de servicio o en recintos militares. Al igual que los policías acusados, los jueces del fuero militar son oficiales de servicio de las fuerzas armadas, no tienen necesariamente una formación jurídica, y también están sujetos a la cadena de mando militar. Partiendo simplemente de estos hechos, dichos tribunales carecen de la independencia mínima para garantizar un juicio justo. En la práctica, la gran mayoría de las denuncias en contra de Carabineros por malos tratos o uso excesivo de la fuerza no dan resultado. Apenas surgen pruebas de la participación de policías en servicio, el fiscal instructor habitualmente traslada el caso al fuero militar. Las investigaciones se prolongan entonces durante años sin resolución o se sobreseen, y casi nunca se enjuicia a los responsables.

Un ejemplo claro de esta impunidad es el caso de Alex Lemun Saavedra, un mapuche de 17 años que en noviembre de 2002 recibió un perdigón de escopeta que fuera disparado por un oficial de Carabineros durante la ocupación de una propiedad forestal cerca de Ercilla. El proyectil se alojó en el cerebro de Lemun, quien murió en un hospital cinco días después. Aunque un fiscal militar presentó cargos contra el policía, el Mayor Marco Aurelio Treuer, por "violencia innecesaria con resultado de muerte", la Corte Marcial (corte militar de apelaciones) aceptó la defensa del Mayor Treuer de que había actuado en legítima defensa y ordenó retirar los cargos. No había pruebas fiables que sustentaran la versión del oficial de que habían disparado contra el contingente policial.

Además, los tribunales militares ejercen la jurisdicción exclusiva sobre los civiles acusados de violencia contra la policía. Durante los últimos dos años, el fiscal militar de Temuco ha instruido siete procesos contra mapuche por delitos de violencia contra Carabineros durante protestas, enfrentamientos y opción de tierras; el fiscal militar de Angol ha formulado cargos en seis casos; el fiscal militar de Valdivia en tres. Algunas de estas investigaciones se han prolongado durante más de dos años sin un fallo. El uso de tribunales militares en tales casos viola las garantías del debido proceso contenidos en el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Ha llegado el momento de que el gobierno del Presidente Lagos observe con la mayor seriedad su obligación de garantizar un recurso efectivo para las víctimas de abusos policiales asegurando que los tribunales ordinarios tengan competencia sobre los delitos relacionados con violaciones de los derechos humanos. También el gobierno debe adoptar todas las medidas necesarias para acabar con la jurisdicción de los tribunales militares sobre los civiles. La reforma del sistema de justicia militar, una demanda emblemática de las organizaciones de derechos humanos durante el gobierno militar, es una tarea que no debe postergarse más tiempo.

HRW, Octubre del 2004

La actual situación del Pueblo Nación Mapuche es de dominación y opresión frente al Estado chileno. Esto, como consecuencia de la violencia, de la usurpación de los territorios históricos, del reduccionamiento permanente de las comunidades, del deterioro del suelo y del medio ambiente y de la negación de derechos territoriales, políticos y culturales, violándose en consecuencia, todos los derechos fundamentales de un pueblo originario, situación que se mantiene hasta los días de hoy.

El estado de dominación política y cultural del Pueblo Mapuche se expresa en la marginación y la represión de que son objeto las comunidades, agudizándose cada vez que éstas se movilizan por sus derechos políticos y territoriales.

En efecto, las acciones de recuperación de tierras principalmente en las zonas de Arauco y Malleco, han transformado el conflicto en real y permanente y ha involucrado al Pueblo Mapuche en su conjunto contra el Estado chileno y las empresas transnacionales. El desarrollo de este conflicto ha evidenciado el compromiso que mantiene el Estado con grandes intereses económico-empresariales bajo un sistema económico, político y social que condena la existencia de los pueblos originarios.

Actualmente, las acciones reivindicatorias de las comunidades han cobrado gran notoriedad, porque la contraparte demandada son, principalmente grandes empresas forestales entre éstas, y a modo de ejemplo, se encuentra la Forestal Mininco S.A., subsidiaria de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC) del grupo económico Matte, el segundo grupo económico más rico de este país, que cuenta con gran influencia a nivel del empresariado, de la CORMA y de los diversos círculos de poder, en el ámbito regional, nacional e internacional, convirtiéndose en la actualidad en la trasnacional de mayor peso político e influencia en Chile.

Estas empresas forestales han protagonizado en las últimas décadas un acelerado proceso de concentración de propiedades, principalmente en las provincias de Arauco y Malleco, expandiendo el monocultivo de pino insigne y radiata a fin de satisfacer la demanda de plantas celulosas, aserraderos industriales y exportación de rollizos. En la actualidad son muchas las trasnacionales que operan en Territorio Mapuche dominando ya más de dos millones de hectáreas siendo los principales consorcios financieros los siguientes:

1. Grupo Matte Larraín, asociado a intereses norteamericanos y controla la Forestal Mininco.
2. Grupo SHELL, asociado a la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones, Bosques Chiloé, Copihue, Forestal Colcura, Forestal Santa Fé.
3. Grupo Mitsubishi: Planta Astillas Astex, controla Forestal Tierra Chilena.
4. Grupo Amindus de origen suizo, controla Forestal Millalemu, aserraderos Andino, Terranova.
5. Forestal Arauco S. A., vinculada al empresario Angelini.
6. ENDESA, actualmente operan capitales españoles en ella.

Innumerables han sido los sucesos en las zonas de conflicto, entre las comunidades y las empresas trasnacionales, en donde el Estado no ha demostrado voluntad política para asumir las históricas demandas de tierras de nuestro Pueblo, al contrario se ha coludido con los grandes intereses de éstas.

El resultado parcial del conflicto es la mantención de un estado de dominación, con su historia de ocupación, despojo, pérdida de tierras y recursos de nuestras comunidades. Se evidencia el compromiso del Estado con un modelo de desarrollo capitalista que condena la existencia del Pueblo Nación Mapuche.

weftun

TEMUKO: MURAL POR ALEX LEMUN, CLAUDIA LOPEZ Y DANIEL MENCO
Autor/a Prensa Roja
Mural en Temuko honrando a los asesinados por la dictadura civil

SIEMPRE PRESENTES

Pronto se cumplirán dos años del homicidio de Alex Lemun y la justicia burguesa, sabiendo quien disparo esa arma, (el paco treuber) nada ha hecho, sin embargo mantiene encarcelados a mapuche por "amenaza terrorista", así como tampoco nada ocurrió con el homicidio de Daniel Menco ni de Claudia López, en estos últimos 14 años de dictadura civil seguimos luchando sin esperar nada de sus corruptas e ilegitimas instituciones y honrando a quienes han caído en la lucha contra los ricos.

Dirección de email: prensaroja9@yahoo.es

 

 

NEWENTUAIÑ - CON FUERZA

MARRI CHI WEU - DIEZ VECES VENCEREMOS

 

Agradecemos a:

*Página oficial de la Coordinadora de Comunidades Mapuche en conflicto Arauco-Malleco C.A.M.: www. w eftu n .cjb.net

*Periódico mapuche Azkintuwe: http://www.nodo50.org/azkintuwe/

*Revista virtual de CMI Centro de Medios Independientes, chilesur: http://chilesur.indymedia.org/

*Página de la Organización Internacional de los Derechos Humanos HRW Human Rigths Watch:

http://hrw.org/spanish/informes/2004/chile1004/

www.lainsignia.org

*Documento sobre la recuperación de tierras http://www.nodo50.org/weftun/documentos/entrevistas/puntofinaljulio2003.htm

*Agrupación de Familiares y Amigos de los Presos Políticos Mapuche

http://afappm.webcindario.com/

 

peukayal


 

Si quiere escribir a Marcela Rosen, puede hacerlo a aldocumentar@lycos.es
Esperamos Su Opinión.
¿No está suscrito? Suscribase aquí. 

[Volver a la Portada] - [Visita la Comunidad Escáner Cultural]


Las opiniones vertidas en Escáner Cultural son responsabilidad de quien las emite, no representando necesariamente el pensar de la revista.